Así quedaron las restricciones en Cali según decreto


Así quedaron las restricciones en Cali según decreto

Conozca cómo quedaron establecidas las medidas de toque de queda y pico y cédula en Cali, así como cuáles son sus excepciones.

La Alcaldía de Santiago de Cali emitió el decreto por medio del cual implementa las medidas restrictivas para los próximos días en la ciudad.

Dicha determinación se da luego de los lineamientos establecidos por el Gobierno nacional para evitar el aumento de contagios de Covid-19.

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Las medidas regulatorias serán implementadas en un período comprendido desde este 5 de abril hasta las 0:00 horas del próximo 19 de abril.

Toque de queda

El decreto de toque de queda "por la vida nocturno" inicia este lunes, 5 de abril, a las 8:00 de la noche y permanecerá hasta las 5:00 de la madrugada de cada día siguiente, hasta el domingo 18 de abril.

Extracto del decreto / Alcaldía de Cali.

Excepciones

Sin embargo, el toque de queda contará con 25 excepciones, que se detallan a continuación:

Así quedaron las restricciones en Cali según decreto

Movilidad durante el toque de queda

El decreto establece que se permitirá la circulación de personas, cuyo vehículo tenga pico y placa para su retorno, hasta las 9:00 p.m., esto es una hora después del inicio del toque de queda.

Iniciado el toque de queda, los clientes de restaurantes y bares, podrán desplazarse hasta dos horas después de realizado el pago del servicio recibido.

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Asimismo, los restaurantes y bares tendrán dos horas para realizar las operaciones de cierre de la atención presencial del establecimiento.

En todo caso, se permite la comercialización a través de plataformas digitales o servicio a domicilio.

Las personas que desarrollen las actividades antes mencionadas, deberán estar acreditadas o identificadas en el ejercicio de sus funciones o actividades.

El pico y placa para vehículos particulares se mantiene con los mismos horarios.

Así quedaron las restricciones en Cali según decreto

Pico y cédula

Por su parte, el pico y cédula permanecerá para el ingreso a cualquier establecimiento de comercio, con excepción de restaurantes y hoteles y/o similares.

La medida busca garantizar el distanciamiento individual responsable y evitar aglomeraciones. Para el efecto se estableció el pico y cédula rotativo, como se muestra en la siguiente imagen.

Extracto del decreto / Alcaldía de Cali.

Lo establecido no aplicará en los siguientes casos:

  • Los servicios y tramites notariales, bancarios, financieros (tales como casas de cambio, giros) y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultanea de dos o más personas.
  • Trámites para pago ante la Subdirección de Impuestos y su oficina técnica, la Subdirección de Tesorería y sus dos oficinas técnicas y los Cali.
  • La persona que le sirve de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.
  • Al personal médico y demás vinculado con la prestación del servicio de salud debidamente identificados.
  • Servicios de tránsito.
  • Hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y gimnasios.
Así quedaron las restricciones en Cali según decreto

Sigue la alerta naranja

La alcaldía indicó que se mantiene la alerta naranja en todo el territorio del Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios de Santiago de Cali.

Cali registra una ocupación de las Unidades de Cuidado Intensivo, UCI, que ha ido aumentado notablemente desde la tercera semana de marzo, alcanzando un promedio actual del 83,5%.

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Para leer el decreto completo descárguelo aquí:

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