Conozca qué implicaciones tiene la declaración de urgencia manifiesta declarada en la capital del Valle del Cauca en medio de las protestas.
El alcalde de Santiago de Cali, Jorge Iván Ospina, declaró la urgencia manifiesta en la ciudad por un período de tres meses.
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La medida se toma en medio de la complicada situación social que se vive actualmente con manifestaciones y disturbios en el marco del paro nacional.
Con dicho decreto, el mandatario da facultades a todos los órganos de la Administración Central Distrital para que puedan adquirir directamente el suministro de bienes.
Asimismo, también permite adquirir la prestación de servicios o la ejecución de obras en el futuro inmediato que sean necesarias "para atender la situación relacionada con la alteración del orden público en el territorio".
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¿Libres facultades?
Dependiendo de la evolución de las condiciones en la ciudad, la declaración podría prorrogarse, para tener una mejor reacción e intervenir las afectaciones de manera inmediata.
La contratación derivada de la urgencia manifiesta decretada, debe tener relación directa con la situación critica que la motiva", indica el parágrafo primero.
Por su parte, el parágrafo segundo detalla que: "Los ordenadores del gasto de los organismos de la Administración Distrital, al ejecutar los recursos para atender la crisis para atender la situación ocasionada por la alteración del orden publico en la ciudad de Santiago de Cali bajo el amparo de la urgencia manifiesta decretada, lo harán con personas naturales o jurídicas de naturaleza publica o privada, entidades sin animo de lucro, que cuenten con la idoneidad y experiencia requerida, de tal manera que permitan generar acciones coordinadas tendientes a procurar la respuesta efectiva y en todo caso, respetando los principios que informan el ejercicio de la actividad contractual".
Por último, el documento vigente desde el pasado 4 de mayo, autoriza que se realicen los traslados presupuestales a que haya lugar para atender la contratación que se derive de la urgencia manifiesta declarada.
Igualmente aclara en su artículo cuarto que, los contratos celebrados "se someterán al control fiscal dispuesto".
Descargue aquí el decreto completo.
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