El Gobierno Nacional alista un decreto con el fin de establecer las sanciones por el uso de la pólvora durante las celebraciones decembrinas. La medida también fijaría bajo qué condiciones, expertos en la manipulación de pólvora podrán usar estos artefactos.
El Ministerio del Interior tiene listo el borrador de este decreto para controlar el aumento de casos de lesionados por pólvora que se presentan en esta época.
El documento que dio a conocer Blu Radio prohíbe la venta de pólvora a particulares. Solo podrán adquirir estos artefactos expertos cumplan una serie de condiciones de seguridad, como medidas de protección contra incendios y medidas especiales para el transporte, almacenamiento, distribución, venta, y uso.
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Además, estos permisos tendrán un concepto previo expedido por cuerpos de bomberos o unidades especializadas para atender este tipo de emergencias.
Sobre las sanciones, el documento indica que las personas particulares que usen, fabriquen, manipulen, transporten, almacenen, comercialicen, compren o vendan pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, tendrán una sanción de entre 1 y 200 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV).
“La persona natural o jurídica que use, fabrique, manipule, transporte, almacene, comercialice, compre o venda pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales y globos, incumpliendo la normatividad vigente, será sancionado con pena pecuniaria entre uno (1) y doscientos (200) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes – SMMLV”, explica el documento.
Por otra parte, los adultos que tengan a su cargo niños que resulten lesionados por la manipulación de pólvora podrían pagar una multa de hasta 5 salarios mínimos.
“Los representantes legales del niño, niña o adolescente afectado por quemaduras ocasionadas por el uso de artículos pirotécnicos y fuegos artificiales, a quienes se les encontrase responsables por acción o por omisión de la conducta de aquel, se les aplicará una sanción pecuniaria hasta por cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes”, señala el borrador del decreto.
La propuesta también establece que, si por alguna de estas acciones prohibidas, se afecta la vida y la integridad de terceros, o de bienes públicos o privados, los responsables tendrán una sanción de entre 100 y 300 SMMLV.
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La Oficina de Servicio de Atención a la Comunidad-SAC, de Salud Pública Distrital, atenderá solicitudes de lunes a viernes, de 8:00 a.m. https://t.co/7BWG45Qreb
— Q'hubo Cali (@QhuboCali) December 5, 2022