Colombia

Petro cambia reparto de tutelas: Consejo de Estado ya no decidirá sobre acciones contra el presidente

Con el Decreto 0799 de 2025, el Ministerio de Justicia, liderado por Eduardo Montealegre, modificó el reparto de las tutelas contra el presidente de la República, trasladando su estudio a jueces del circuito. Expertos discrepan sobre las implicaciones de esta decisión.

Redacción El Qhubo/ Periodista Jesús Chacín

Una nueva controversia se suma al escenario institucional colombiano. El Consejo de Estado ya no podrá conocer tutelas contra el presidente Gustavo Petro, tras la expedición del Decreto 0799 de 2025. La medida fue firmada por el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, y ha provocado reacciones encontradas en distintos sectores del ámbito jurídico y político del país.

Según el decreto, ahora serán los jueces del circuito y no el alto tribunal contencioso los encargados de estudiar en primera instancia las acciones de tutela interpuestas contra el jefe de Estado y otras autoridades del orden nacional. La segunda instancia, por su parte, recaerá en los tribunales superiores, sin que los casos lleguen al Consejo de Estado.

| Foto: Presidencia

Desde el Ministerio de Justicia se argumenta que esta decisión busca garantizar el acceso desconcentrado a la justicia y evitar cargas excesivas a las altas cortes. No obstante, para algunos juristas, la decisión tiene un trasfondo político más que técnico, en medio de la tensión que se vive entre el Ejecutivo y la rama judicial.

Para el exministro de Justicia y exfiscal Alfonso Gómez Méndez, aunque no se trata de una decisión inconstitucional, sí la considera inconveniente: “Tiene cierto tufillo de que el Ejecutivo quiere tratar de sustraerse de un juez que no le ha gustado”. Recordó que, durante el gobierno de Iván Duque, también se modificó el reparto de tutelas, pero en sentido contrario: se trasladaron al Consejo de Estado luego de un fallo adverso relacionado con el uso del glifosato.

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El debate también ha despertado posturas distintas entre académicos. Kenneth Burbano Villamarín, decano de Derecho de la Universidad Libre, señaló que el nuevo decreto “permite superar en cierta medida la inconstitucionalidad” del anterior decreto 333 de 2021, expedido por el gobierno Duque, que concentró las tutelas en el alto tribunal. Según Burbano, lo hecho por Petro se ajusta más a los principios de autonomía judicial y desconcentración.

En lo político, sin embargo, el efecto es el mismo: el presidente termina seleccionando, vía decreto, el escenario judicial en el que se revisarán los actos de su gobierno, un gesto que ha sido criticado por analistas y exfuncionarios por afectar la separación de poderes.

Gómez Méndez advierte que, si bien la medida no es ilegal, puede resultar contraproducente para el Ejecutivo. A su juicio, los altos tribunales como el Consejo de Estado ofrecen mayores garantías procesales y profundidad en el análisis jurídico que un juez unipersonal de circuito.

Ambos expertos coinciden en que los últimos dos gobiernos han utilizado los decretos para redefinir quién debe vigilar constitucionalmente sus actos, algo que, si bien se puede justificar en lo formal, despierta inquietudes sobre el uso político de las facultades reglamentarias.

| Foto: GUILLERMO TORRES REINA / SEMANA

El gobierno actual, por su parte, ha defendido la medida como una herramienta de equilibrio judicial, negando que se trate de un blindaje a Gustavo Petro en la recta final de su mandato. El Ministerio de Justicia ha enfatizado que la reforma reglamentaria fortalece la red de jueces del país y democratiza el acceso a la justicia constitucional.

Con el nuevo esquema en marcha, el Consejo de Estado queda sin competencia para revisar tutelas contra el presidente, al tiempo que se reabre un debate pendiente sobre los límites del poder reglamentario y la neutralidad de las decisiones judiciales en un país que atraviesa un periodo de alta sensibilidad institucional.

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Jesus Adolfo Chacin Silva

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