Un exjuez penal aclara las consecuencias legales de atacar a un funcionario público, conducta que va en aumento en Cali y puede costar varios años de prisión.
Por: Redacción el Qhubo/Periodista Jhisús Chacín
En los últimos meses, las agresiones contra agentes de tránsito y funcionarios de la Secretaría de Movilidad de Cali se han convertido en una preocupante constante. Videos y denuncias en redes sociales muestran a ciudadanos que, ante un procedimiento de control vial, responden con violencia física o verbal, poniendo en riesgo la integridad de quienes representan la autoridad.
Frente a esta situación, el exjuez penal municipal de Cali, Raimundo Antonio Tello Benítez, realizó una explicación detallada sobre los alcances jurídicos que tiene agredir a un servidor público en Colombia. Lo hizo a través de sus redes sociales, donde llamó la atención sobre la gravedad del tema y las consecuencias penales que puede acarrear este tipo de comportamiento.
Según Tello, la Constitución Política de Colombia establece que todos los ciudadanos deben respetar y apoyar a las autoridades en el ejercicio de sus funciones. Específicamente, mencionó el artículo 4, inciso 2, y el artículo 95, que imponen deberes claros a los particulares, como parte del contrato social.
“Esa carga implica que el ciudadano no solo debe obedecer, sino que también tiene la obligación de no obstaculizar ni agredir el cumplimiento del deber de un funcionario público”, sostuvo el jurista.
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Atención. @MovilidadCali anuncia drásticas sanciones para los que evadan o se fuguen de los controles viales y atenten contra la vida de los agentes de tránsito. Bienes y cuentas serán embargadas pic.twitter.com/l2vObjj2mr
— Aldemar Dominguez Espinosa (@ADnoticias_) May 13, 2025
Además, explicó que el Código Penal Colombiano, en su artículo 429, regula el delito de violencia contra servidor público, una conducta que fue reforzada por la Ley 1453 de 2011. Según este artículo, “el que ejerza violencia contra servidor público por razón de sus funciones o para obligarlo a ejecutar u omitir algún acto, incurrirá en una pena de prisión de cuatro a ocho años”.
Pero la advertencia no queda ahí. Tello subrayó que quienes incurran en este delito y acepten cargos en un proceso penal, no recibirán la rebaja completa de la pena habitual en otros casos. “La ley solo permite una reducción del 12.5% del total de la condena para quien se allane ante un juez, lo cual significa que esta clase de delitos tiene un castigo firme, sin beneficios amplios”, explicó.
@raimundo.antonio23 Agentes de tránsito: Su atropellamiento o cualquier tipo de ultraje para impedir que cumpla con sus funciones, implica el delito de Violencia contra servidor público, art. 429 del Código Penal, y por su pena mínima, 4 años, objetivamente permite la detención preventiva en cárcel
♬ sonido original - Raimundo antonio Tello Benitez
El exjuez también hizo un llamado a la ciudadanía para actuar con respeto frente a los controles viales, recordando que agredir a un guarda de tránsito no solo es un delito, sino un atentado contra el orden institucional.
La Secretaría de Movilidad de Cali ha reiterado su preocupación por el incremento en ataques a su personal operativo. De hecho, algunos de estos incidentes han dejado agentes con lesiones físicas y secuelas emocionales, lo que ha motivado a la entidad a reforzar las campañas pedagógicas y tomar medidas legales contra los agresores.
El secretario de Movilidad advierte: ya están identificando a los responsables y vendrán sanciones ejemplares.
— Q'hubo Cali (@QhuboCali) May 12, 2025
❌ Exceso de velocidad
❌ Desafío a la autoridad
❌ Violación del orden público
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En conclusión, la violencia contra funcionarios no solo refleja una falta de civismo, sino que puede tener consecuencias penales muy severas. Las autoridades insisten en que ningún desacuerdo justifica la agresión y que existen canales legales para presentar quejas o inconformidades.
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