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"La tenía viva": hombre borracho paró el carro en medio de la vía y se quedó dormido

Otros conductores que se movilizaban por la vía, grabaron el hecho en el que un hombre borracho se quedó dormido en su carro.

Un acto de irresponsabilidad se presentó durante la mañana del sábado 3 de junio, personas que se encontraban en una zona del sur de Cali, grabaron un hombre borracho que se quedó dormido dentro del carro en plena vía.

"Se quedó dormido por la borrachera que tenía", aseguraron algunos testigos que estaban en el lugar.

El carro en el que se movilizaba el hombre era una camioneta particular color negro, estaba cruzada por la vía y a pocos metros del semáforo de la zona.

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Dicho acto de irresponsabilidad fue grabado por otros conductores que por el lugar se movilizaban. La gente no dudó en grabar al hombre dentro el carro y criticar lo que estaba ocurriendo, ya que pudo ocasionar una tragedia.

Cabe resaltar que las autoridades no se han pronunciado frente a este caso.

El video del hecho

Conducir bajo los efectos del alcohol

Para el colombiano no hay excusas cuando se trata de fiestas y celebraciones en compañía de familiares y amigos, hechos que por lo general conllevan a la ingesta de bebidas alcohólicas. Es por ello que las autoridades del país siempre instan a los ciudadanos a ser precavidos cuando beben.

Manejar bajo los efectos del alcohol resulta un peligro letal, y para contrarrestar este tipo de acciones la legislación colombiana estableció una serie de multas que se aplican en caso de ser sorprendido conduciendo en estado de embriaguez por un policía de tránsito.

Sanciones por conducir en estado de embriaguez

La Ley 1696 establece que si hecha la prueba de alcoholemia las autoridades de tránsito establecen que el conductor se encuentra en alguno de los siguientes grados, incurrirá en las sanciones respectivas, mismas que pueden variar según el nivel de reincidencia.

Grado cero (entre 20 y 39 mg de etanol)

Primera vez

  • Multa correspondiente a noventa (90) salarios mínimos diarios legales vigentes ($ 2.811.000).
  • Suspensión de la licencia de conducción por un (1) año.
  • Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias psicoactivas, durante veinte (20) horas.
  • Inmovilización del vehículo por un (1) día hábil.

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Segunda vez

  • Multa correspondiente a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos diarios legales vigentes ($ 4.216.000).
  • Suspensión de la licencia de conducción por un (1) año.
  • Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias psicoactivas, durante veinte (20) horas.
  • Inmovilización del vehículo por un (1) día hábil.

 Tercera vez

  • Multa correspondiente a ciento ochenta (180) salarios mínimos diarios legales vigentes ($ 5.621.000).
  • Suspensión de la licencia de conducción por tres (3) años.
  • Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias psicoactivas, durante treinta (30) horas.
  • Inmovilización del vehículo por tres (3) días hábiles.

Grado uno (entre 40 y 99 mg de etanol)

Primera vez

  • Multa correspondiente a ciento ochenta (180) salarios mínimos diarios legales vigentes ($ 5.621.000).
  • Suspensión de la licencia de conducción por tres (3) años.
  • Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias psicoactivas, durante treinta (30) horas.
  • Inmovilización del vehículo por tres (3) días hábiles.

Grado dos (entre 100 y 140 mg de etanol)

Primera vez

  • Multa correspondiente a trescientos sesenta (360) salarios mínimos diarios legales vigentes ($ 11.242.500).
  • Suspensión de la licencia de conducción por cinco (5) años.
  • Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancias psicoactivas, durante cuarenta (40) horas.
  •  Inmovilización del vehículo por seis (6) días hábiles.

Grado tres (entre 150 mg en adelante de etanol)

Primera vez

  • Multa correspondiente a setecientos veinte (720) salarios mínimos diarios legales vigentes ($ 22.485.500).
  • Suspensión de la licencia de conducción por diez (10) años.
  • Realización de acciones comunitarias para la prevención de la conducción bajo la influencia del alcohol o sustancia psicoactivas, durante cincuenta (50) horas.
  •  Inmovilización del vehículo por diez (10) días hábiles.

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Ana María Larrea

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