Actualidad

Recuerden que ya está rigiendo el nuevo decreto que prohíbe la circulación de motocicletas con parrillero hombre

Con el objetivo de contrarrestar los delitos de alto impacto en Cali, como los homicidios y los hurtos, se expidió un nuevo Decreto que restringe la movilidad de motocicletas con parrillero hombre.


La medida prohíbe el tránsito de motocicletas con acompañante hombre cuya edad sea igual o mayor de 14 años, durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

La restricción empezó a regir en toda la capital del Valle desde el pasado 9 de febrero de 2024 y se extenderá durante seis meses, a partir de la vigencia del presente decreto. No obstante, cada tres meses las secretarías de Seguridad y Justicia junto con la de Movilidad realizarán un seguimiento y control para evaluar su pertinencia.

Solo por dar un ejemplo, y de acuerdo con la información del Observatorio de Seguridad de la Alcaldía, en lo corrido del año 2023 se cometieron en Cali un promedio de 7 delitos diarios en los cuales el agresor fue un parrillero hombre en motocicleta.


Para el secretario de Seguridad y Justicia, Jairo García Guerrero, pese a la reducción de los delitos de alto impacto en el mes de enero, es importante mantener la medida de la prohibición del parrillero hombre debido al gran número de delitos ocurridos en años anteriores y que involucran a la motocicleta como medio de transporte y al acompañante hombre como victimario, según datos del Observatorio de Seguridad.  

Según lo establecido, el ciudadano que infrinja la norma será sancionado con una multa general tipo 4 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia, también conocido como Código de Policía. Es decir que recibirá un comparendo por 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a 693.333 pesos.


La medida también contempla excepciones para los siguientes casos:

  • Personal perteneciente a la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia y socorro, prevención y salud.
     
  • Personal perteneciente a las empresas de seguridad privada en ejercicio de sus labores y en el movimiento de su residencia al lugar de prestación y viceversa, quienes deberán portar las correspondientes identificaciones pertinentes que incluyen, carné y uniforme definido por la empresa, además de la autorización vigente de la Superintendencia de Vigilancia Privada para prestar el servicio.
     
  • Personal de instructores perteneciente a las escuelas de enseñanza, debidamente registradas y habilitadas por el Ministerio de Transporte.
     
  • Personas con discapacidad, cuya condición motora, sensorial o mental limite su movilidad, debidamente acreditada conforme con las disposiciones legales vigentes.
achica

Noticias recientes

Contraloría alerta sobre retrasos en el PAE del 2025: esta es la razón

La Contraloría General de la República envió una comunicación a los 97 mandatarios locales de…

2 días ago

Tres militares resultaron heridos tras fuerte enfrentamiento con el ELN en Bolívar

Tres soldados profesionales del Ejército resultaron heridos en las últimas horas tras la activación de…

2 días ago

Miguel Rodríguez Orejuela le envió una carta a Petro donde dice que está dispuesto a "decir toda la verdad"

Miguel Rodríguez Orejuela, quien fuera el máximo jefe del cartel de Cali, extraditado en 2005…

2 días ago

La separación por más de dos años es motivo legal para el divorcio: este es el fallo de la Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia concluyó que la separación de hecho prolongada, es decir, el…

2 días ago

Megaoperativo contra la extorsión en las cárceles del país deja más de 1000 celulares incautados

124 cárceles del país, fueron el epicentro de una gigantesca operación simultánea contra la extorsión…

2 días ago

Cali tiene el menor nivel de desempleo de los últimos años: estas son las cifras del Dane

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) publicó los resultados de la Gran Encuesta Integrada…

3 días ago