En diálogo con Caracol Radio, Camilo Gómez director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado se refirió al daño a los bienes públicos y culturales de la nación.
En la Constitución de 1991, hay ormas fundamentales sobre el particular en los artículos 2 y 95 que obligan a protegerlos.
Artículo 2: "(...) Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".
La obligación constitucional es la de proteger. La Constitución de 1995 se llamó la de la Cultura. No se trata de hacer más normas, sino de aplicarlas"; comentó.
comentó.
Gómez también afirmó que en la ley colombiana existe el Sistema Nacional de Patrimonio Cultural de la Nación que contempla incluso más allá de los monumentos a bienes inmateriales.
Los actos vandálicos pueden significar hasta siete años de prisión y multas entre 200 y 500 salarios mínimos mensuales vigentes junto a un proceso penal.
Durante el paro nacional, los actos vandálicos contra el MIO y bienes de la ciudad se convirtieron en pan de cada día en la ciudad de Cali.
A donde se mire hoy en día, hay ventanas rotas, paredes sucias y estaciones destruidas.
Daños en establecimientos públicos y privados, 18 buses y 13 estaciones del MÍO incinerados, 200 postes derribados y 40 cámaras de videovigilancia dañadas fueron el resultado de los actos vandálicos.
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