El Juzgado Séptimo Penal Municipal de Cali condenó a 21 meses de prisión y multa de 1,77
salarios mínimos legales mensuales a Segundo Remberto Landázury Caicedo, quien fue hallado responsable del delito de defraudación de fluidos agravado.
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Los hechos se remontan al 24 de febrero del 2016 cuando un equipo técnico de acueducto, durante actividades rutinarias de verificación de consumos en el establecimiento comercial Los Asados de Segundo, ubicado en la Calle 10 # 37A –15, descubrió manipulación de la acometida mediante la instalación de conexiones irregulares ocultas, para evadir el pago de los consumos de agua potable.
Al imponer la pena, el juez tuvo en cuenta que con esa conducta ilícita el imputado obtuvo incremento patrimonial y que no devolvió por lo menos el 50% de lo que se apropió y que en su momento fue calculado por Emcali en $44.230.259
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Luego de aceptar los cargos y de que incurrió en el ilícito de manera consciente, el juez, teniendo en cuenta que la pena es inferior a cuatro años y que Landázury Caicedo no tiene antecedentes penales, le concedió el beneficio de suspensión condicional de la pena.
La defraudación de fluidos está tipificada en el Artículo 256 del Código Penal y establece una pena de prisión que oscila entre 16 y 72 meses y multa de entre 1,33 y 150 salarios mínimos mensuales vigentes.
Estas sanciones se aumentan cuando se afecta bienes del estado, como en este caso las redes de acueducto de Emcali.
Adicionalmente, Emcali interpondrá los recursos del caso para que Segundo Landázury Caicedo pague los consumos de agua obtenidos de manera fraudulenta.
Es la segunda sanción de pena privativa de la libertad que se profiere en Cali en los últimos años por defraudación de fluidos.
Como se recuerda, en el 2017, fue condenado a la pena de 20 meses de prisión el representante legal de un asadero de pollos.
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