La Gobernación del Valle del Cauca informó sobre los cambios en el pago de los impuesto en el Valle, en atención a la reciente decisión de la Corte Constitucional.
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El alto tribunal declaró inexequible el artículo 7 del Decreto Legislativo 0678 de mayo 20 de 2020, a través del cual se otorgaban descuentos del 20% sobre capital y del 100% sobre sanciones e intereses por mora en impuestos departamentales y multas.
Por tanto, a partir de este momento, los beneficios que existían para el beneficio de la ciudadanía no serán aplicados.
En estos momentos no pueden otorgarse las liquidaciones de estos descuentos", declaró de Zoraida Bravo, gerente de la Unidad Especial de Rentas del Valle.
En virtud de lo anterior, los contribuyentes podrán acceder a los beneficios temporales de obligaciones no tributarias en la jurisdicción del Valle del Cauca hasta el 31 de octubre de 2020.
Estos consisten en la reducción del 70% en los intereses moratorios y sanciones, siempre y cuando se cancele la totalidad del capital adeudado para las vigencias 2019 y anteriores.
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Quienes ya realizaron acuerdos de pago y se encuentren al día, también podrán acogerse a los beneficios temporales no tributarios otorgados por la Ordenanza 0536 de 2020, cancelando hasta final de mes.
En video: Declaración de Zoraida Bravo, gerente de la Unidad Especial de Rentas del Valle.
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