La Corte Suprema de Justicia anunció este lunes que el proceso de Álvaro Uribe por presunta compra de testigos debe continuar en manos de un juez de garantías.
La Corte Suprema de Justicia determinó este lunes, dar vía libre a que el proceso del exsenador Álvaro Uribe continúe bajo el sistema penal acusatorio. Con ponencia del magistrado Gerson Chaverra, la autoridad cree que el proceso debe continuar bajo esta rama judicial, porque el investigado ya no es congresista.
Chaverra aseguró que, dada la perdida del fuero y de que el proceso pasó a manos de la Fiscalía, es inviable que la investigación siga en la Corte. Este es la ley 600, mismo sistema procesal que actualmente solo se aplica a los funcionarios que tienen fuero ante la Corte Suprema.
Sumado a eso, Chaverra dejó claro que los hechos, presuntamente, cometidos por el exsenador datan del año 2018. Misma época en la que el sistema penal acusatorio, ley 906, ya estaba vigente.
Sigue leyendo: Corte Suprema deberá decidir bajo qué ley procesar a Uribe
Por esta razón, consideró que el proceso debe surtirse bajo esa plataforma y con la dirección de un juez de garantías. En este caso le correspondió, por reparto, a la juez penal 30.
Así las cosas, también dijo la Corte, será esta jueza quien decida sobre la libertad del expresidente, hoy privado de la misma en su Hacienda El Ubérrimo, en Córdoba.
Cabe mencionar que la determinación del alto tribunal se registró por cuenta de una solicitud que hizo Reinaldo Villalba, defensor de Iván Cepeda. El defensor consideró que, de no surtirse bajo la ley 600, podrían estar en peligro las pruebas recaudadas por el alto tribunal.
No te pierdas: Cogieron al presunto asesino de las dos hermanas de El Diamante
En ese entonces, Gabriel Jaimes, fiscal del caso, aseguró que las diligencias debían surtirse bajo la ley 906, teniendo en cuenta la ocurrencia de los hechos. En esa misma vía, que fue la del magistrado Chaverra, giraron las posiciones de la defensa de Uribe y la delegada del Ministerio Público.
Respecto de la etapa procesal, el alto tribunal prefirió no referirse al tema. La razón: ya no le compete como juez natural adelantar tales situaciones. Esta determinación se tomó en la Sala Plena con una votación de 19 a favor y dos en contra.
No te pierdas: 10 datos curiosos del chontaduro, el manjar del Pacífico