La Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad de la elección de Carlos Hernán Rodríguez Becerra como Contralor General de la República para el período 2022 – 2026, al encontrar acreditadas irregularidades en el proceso de su elección.
La corporación indicó que durante el trámite que se dio en el legislativo se desconoció lo dispuesto en los artículos 126 de la Constitución Política, 21 de la Ley 5 de 1992 y 6 y 9 de la Ley 1904 de 2018, debido a que se elaboró una tercera lista de elegibles y se variaron los parámetros de calificación inicialmente fijados en la convocatoria, sin ninguna justificación.
El Alto Tribunal explicó que se afectó la objetividad y legalidad del proceso electoral. Además, se desconoció la inmodificabilidad de las convocatorias sin razón válida, al introducir cambios a los criterios de la convocatoria inicial del proceso de elección y variar de manera grave los parámetros de evaluación de los participantes.
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Igualmente, se argumentó que, aunque el Congreso de la República invocó como sustento los pronunciamientos judiciales proferidos en el marco de una acción de tutela y una acción popular, se estableció que aquellas solo dispusieron la conformación de una segunda lista de elegibles, pero no de una tercera -como ocurrió en este caso ni mucho menos de la variación de la convocatoria inicial del proceso.
Además, en el marco de acciones populares no pueden adoptarse decisiones de tipo electoral por prohibición expresa del artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
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En la decisión adoptada por la Corporación, se recuerda que la jurisprudencia de la Corporación ha sido clara al establecer que “la convocatoria constituye la ley de este tipo de procesos, por lo que no pueden cambiarse las reglas establecidas, sin justificación y, mucho menos, cuando ya se han practicado las pruebas diseñadas para el efecto y se conocen sus resultados, que fue lo que ocurrió en este caso”.
Adicionalmente, se encontró que la sesión plenaria en que el contralor Rodríguez Becerra resultó elegido no fue convocada con la antelación establecida en la ley.
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Según informaron desde el Alto Tribunal, esta decisión es de única instancia y, por tanto, no tiene apelación. No obstante, el actual contralor puede pedir aclaración al respecto y mientras se responde esto, la decisión se frena hasta la notificación final.
Sobre su reemplazó, se ordenó al Congreso de la República que rehaga todo el proceso a partir de la convocatoria, con el fin de elegir al Contralor General de la República para lo que resta del período constitucional.
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