La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la liquidación de la EPS Coomeva, luego de que se evidenciara una crítica situación financiera en la que se encuentra, con el fin de prevenir la salud y la vida de sus 1.2 millones de afiliados en el país.
Después de conocerse la noticia, son muchas las preguntas que tienen sus usuarios con respecto a los servicios que se les seguirá prestando.
En este cuestionario se espera responder la mayoría de los cuestionamientos que tienen las personas, las cuales no saben qué hacer ahora ni a dónde recurrir para la prestación de sus servicios de salud.
No. Los afiliados serán trasladados automáticamente a las EPS receptoras, será el Ministerio de Salud y Protección Social quien adelante ese proceso.
La EPS Coomeva deberá prestar los servicios a sus afiliados con oportunidad y continuidad hasta el próximo 31 de enero de 2022. A partir del 1 de febrero de 2022, serán las EPS receptoras las responsables de garantizar la atención integral de los afiliados trasladados.
Su grupo familiar pasará con usted a la EPS que fue asignado, y quedarán cubiertos del mismo modo en que se encontraban en su anterior EPS.
Sí. El proceso que se adelanta no deberá generar ninguna afectación en los servicios requeridos o que se le esté prestando, una vez entre en vigencia la liquidación de Coomeva EPS, las EPS receptoras serán
las responsables del aseguramiento.
No. El Sistema General de Seguridad Social en Salud no prevé antigüedades o preexistencias, como ocurre eventualmente en los planes de medicina prepagada, voluntarios de salud, complementarios y pólizas. Todos los servicios vigentes deberán garantizarse con oportunidad y continuidad.
Será el Ministerio de Salud y Protección Social el encargado de realizar la asignación de los usuarios a las EPS receptoras, que no se encuentren bajo alguna medida especial y/o restricción para afiliar nuevos usuarios.
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Tanto Coomeva, como las EPS receptoras, deberán publicar a través de sus canales de atención y sitios web la respectiva EPS a la que pertenecerá en adelante.
También será habilitado un espacio en los
sitios web de:
Si la cita se encuentra programada para antes del traslado, se mantiene. Si está programada para después del traslado, deberá consultar con la EPS a la que fue asignado el proceso que deberá realizar.
La EPS Coomeva, será responsable de entregar a las EPS receptoras la información de los servicios autorizados que a la fecha de la asignación no hayan sido prestados, para que sigan su trámite.
Los medicamentos serán entregados en las farmacias habilitadas por la EPS a la que usted y su grupo familiar fue trasladado.
Mientras el proceso de traslado no se haya efectuado los usuarios deberán dirigirse al dispensario asignado por Coomeva y una vez se realice el traslado, la EPS a la que fue asignado deberá explicarle el procedimiento a seguir y entregar los medicamentos formulados.
Hasta el 31 de enero de 2022, fecha en la que culmina el proceso de traslado, los usuarios deberán dirigirse a su punto de atención habitual. Posteriormente, deberá acudir a la red de atención habilitada por su EPS asignada.
El usuario trasladado podrá consultar los nuevos puntos de atención de la red hospitalaria de la EPS a la que fue asignado a través de su sitio web, líneas de atención y demás canales de información habilitados.
Sí. A partir de la fecha en la que se hace efectivo el traslado, estos tratamientos serán responsabilidad de la EPS a la que fue asignado.
Sí. Tanto los servicios como los costos que genere la hospitalización serán asumidos por la EPS Coomeva, una vez Minsalud realice el proceso de traslado, será la EPS receptora quien asuma los costos derivados del proceso de atención.
Hasta el 31 de enero de 2022, será Coomeva EPS la responsable de su atención. A partir del 1 de febrero de 2022, será la EPS receptora la responsable de autorizar los servicios requeridos.
Sí. Lo puede realizar pasados tres meses (90 días) contados a partir del momento de la asignación a la EPS receptora. Usted podrá pasarse a la EPS que desee, siempre y cuando esta preste servicios en su municipio, no cuente con alguna restricción para afiliar y opere en el régimen al cual pertenece.
Coomeva EPS debe entregar a las EPS receptoras las bases de datos de usuarios con tutela para que estas sigan cumpliendo con los servicios ordenados mediante la orden judicial.
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Previo al proceso de traslado, Coomeva EPS deberá entregar a las EPS receptoras la documentación necesaria para continuar con el trámite. Sin embargo, sugerimos al usuario acercarse a su punto de atención de la EPS a la cual fue asignado para validar el estado de su trámite y continuar con el proceso correspondiente.
Comuníquese con la EPS a la que fue asignado, a través de los canales autorizados.
Si su EPS no le cumple, acuda a la Supersalud a través de la línea gratuita nacional de atención 01 8000 513 700 seleccionando la opción 5 ó reciba orientación en nuestro chat en línea visitando la sitio web www.supersalud.gov.co y nuestras redes sociales.
Desde el momento en que fue asignado la EPS receptora deberá asumir los servicios que a la fecha no haya prestado su anterior asegurador.
Hasta el 31 de enero de 2022, será Coomeva EPS la responsable de asumir los costos producto de los servicios. A partir del 1 de febrero de 2022, será la EPS a la que fue asignado los servicios adicionales que
requiera con oportunidad y calidad.
La revocatoria que se adelanta a esta EPS no debe ser un obstáculo para completar el esquema de vacunación o adquirir la dosis de refuerzo, hasta el 31 de enero de 2022 será su IPS primaria la responsable de garantizar el servicio y desde el 1 de febrero de 2022 estará a cargo del prestador habilitado por la EPS a la cual fue asignado con el reagendamiento de la cita.
Si, recuerde que de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social, al momento de cumplirse el tiempo determinado para recibir la segunda dosis o la de refuerzo, podrá acercarse a cualquier IPS vacunadora autorizada por la secretaria de salud de cada municipio que preste los servicios en su lugar de residencia, sin ningún costo ni restricción alguna.
Usted puede consultar los canales de atención disponibles para la vacunación a nivel nacional a través del sitio web www.minsalud.gov.co seleccionando el directorio de vacunación, allí podrán buscar por departamento y municipio de procedencia e inmediatamente seleccionar la institución prestadora de
servicios disponible más cerca a su domicilio.
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