Este lunes 1 de febrero, según la rotación, las personas cuyo documento de identidad termine en un dígito impar 1, 3, 5, 7 y 9.
Las personas con este tipo de documento podrán ingresar a cualquier establecimiento para adquirir bienes y servicios; adelantar diligencias en establecimientos bancarios, financieros y notariales; y dirigirse a los puntos de atención al ciudadano en las entidades públicas.
La restricción de pico y cédula no rige para aquellos servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
Así mismo, para los ciudadanos que le sirvan de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren acompañamiento.
También está exento el personal médico y demás vinculado con la prestación del servicio de salud, debidamente identificados.
Se exceptúan también los servicios de tránsito y el consumo en restaurantes y bares; la adquisición de bienes para hoteles y restaurantes; y las actividades realizadas en hoteles y servicios de hospedaje.
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