Esta modificación al Código Nacional de Tránsito establecería los límites de velocidad de la siguiente forma: 50 km/h en zonas urbanas y no 60, como sucede actualmente.
En vías doble calzada que no tengan paso peatonal el máximo será de 120 km/h. Mientras que en las carreteras del país los vehículos particulares podrán llegar como límite hasta 90 km/h y los de servicios públicos quedarían en 80 km/h.
En cuanto a las zonas residenciales y escolares, la velocidad se mantendrá a 30 kilómetros por hora.
Por su parte, el representante a la Cámara Emeterio Montes, ponente del proyecto de ley, aseguró que “la posibilidad de que un peatón atropellado sobreviva a un impacto de 60 km/h o más es del 10 %. Mientras que la posibilidad que sobreviva a un impacto a 50 km/h es del 50%”, dijo citando un artículo de ‘Literature Review on Vehicle Travel Speeds and Pedestrian Injuries.
Este proyecto, tras su aprobación en cuarto debate con 116 votos a favor y tres en contra, pasará a conciliación entre el Senado y la Cámara. En el momento en el que se admita, pasará a sanción presidencial.
Cabe mencionar que a esta iniciativa la han llamado, extraoficialmente, la Ley Julián Esteban, en honor a un niño que perdió la vida tras ser arrollado por una tractomula mientras entrenaba con su bicicleta en la vía entre Zipaquirá y Cajicá.
Durante el año pasado, 7.270 personas murieron a causa de un accidente vial y 20.285 resultaron heridas, resaltan las cifras del Observatorio Nacional de Seguridad Vial.
Sin embargo, Montes resaltó que aunque las muertes en accidentes en muchos casos es por exceso de velocidad, el límite se debe “fijar de acuerdo con el riesgo de cada zona”.
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