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La medida, amparada en el Decreto Distrital 0818 de 2020 , busca aumentar las restricciones a la movilidad de los caleños con el fin de que cumplan el aislamiento preventivo obligatorio y se evite la propagación del Coronavirus.
En tal sentido, la norma restringe la circulación de vehículos particulares, motos y taxis teniendo en cuenta el último dígito de la placa y dependiendo de si es par o impar. De este modo, los lunes miércoles y viernes no podrán transitar los automotores con placas terminadas en 1, 3, 5, 7, 9; los martes, jueves y sábado, las que terminen en 2, 4, 6, 8, 0, mientras que los domingos solo podrán circular taxis y las personas amparadas en las excepciones que establece el Gobierno Nacional en el Decreto 531 del 8 de abril de 202o.
El secretario de Movilidad de Cali, William Vallejo, explicó que las personas que han venido circulando amparadas en las excepciones del decreto nacional (531 del 8 de abril de 2020) no tienen ningún problema con su circulación.
“El Pico y Vida cobija a las personas que están en aislamiento obligatorio y que solamente salen a realizar compras de comida o hacer vueltas en los bancos, entonces lo primero que deben verificar es si es posible salir ese día de acuerdo al dígito de su cédula (Pico y Cédula) y si desean hacerlo en un vehículo deben verificar el último dígito tanto del carro o de la moto y dependiendo de lo que determine el Pico y Vida podrán circular en el vehículo o no”, indicó Vallejo.
El primer operativo para control del Pico y Vida inició en el Puente de los Mil Días, sin embargo, el secretario de Movilidad señaló que el dispositivo se rotará entre 11 y 15 puntos a lo largo de la ciudad. Asimismo, recordó que las sanciones por incumplimiento de la medida son de orden policivo y de tránsito.
“Por no acatar la emergencia sanitaria tiene un costo de un salario mínimo legal vigente, es decir, $936.000, con probabilidad de pasar, si así lo decide un juez, a un proceso de judicialización con posible pena en cárcel de cuatro a ocho años. Igualmente puede hacerse acreedor a una sanción por Código de Tránsito, equivalente a medio salario mínimo legal vigente, más la inmovilización del vehículo y estas sanciones no son excluyentes, puede recibir las dos sanciones si la Policía y los Agentes de Tránsito están en el puesto de control en ese momento”, precisó Vallejo.
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