Entre los alcance que tiene el decreto, establece un plazo máximo de 8 meses para que las personas que tienen en su poder este tipo de armas, puedan registrarlas ante Indumil.
De igual forma, señala que los comerciantes que tengan en sus inventarios armas traumáticas a la venta, tendrán un plazo de un año y cuatro meses para comercializarlas. No obstante, deberán llevar un registro detallado de la persona que la adquiere.
El decreto también establece que toda persona que porte un arma traumática, debe contar con un permiso, por lo que tendrá que entregarla a la autoridad militar para su debida marcación, registro y permiso te tenencia.
La entrega de este permiso se hará por medio del Departamento de Control de Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando general de las Fuerzas Militares.
Para leer el Decreto en su totalidad, ingrese a este enlace: Decreto 1417
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