Juez 30 ordenó libertad de Álvaro Uribe Vélez

La Juez determinó, hace pocos minutos, que el esxenador Álvaro Uribe Vélez puede defenderse en el caso que es investigado, desde la libertad.

La juez 30 de garantías de Bogotá concedió la libertad al exsenador Álvaro Uribe Vélez, quien se encontraba en prisión domiciliaria desde el pasado 5 de agosto por su presunta manipulación de testigos y fraude procesal.

Tras una audiencia de 13 horas escuchando argumentos, tanto en contra como por parte de la defensa de Uribe, la Jueza determinó ordenar la boleta de libertad.

En una exposición de una hora, la juez Clara Salcedo Duarte expuso su decisión, tras haber escuchado los argumentos por más de 13 el pasado jueves, que se enfocó que aceptar la solicitud de la defensa, la Fiscalía y la Procuraduría que pedía su libertad.

Álvaro Uribe publica foto tras ser reseñado como preso - Partidos Políticos - Política - ELTIEMPO.COMÁlvaro Uribe publica foto tras ser reseñado como preso - Partidos Políticos - Política - ELTIEMPO.COM
Desde el 12 de agosto se encontraba con detención domiciliaria.

En la determinación, la juez tuvo en cuenta que la ley 906 de 2004 indica que no puede haber detención del procesado sin antes existir una imputación, por lo que estuvo de acuerdo en que la Fiscalía debía solicitar la libertad de Uribe Vélez.

A penas unos minutos después de anunciada la decisión de la juez, el exmandatario trino a través de Twitter “Gracias a Dios”.

Siendo así, Uribe puede defenderse desde libertad después de que su proceso pasara a manos de la Fiscalía, y el ente acusador determinara que a este expediente se le aplicara la ley 906.

¿Por qué se ordenó la libertad de Uribe?

La Juez enfatizó que no es posible equiparar la indagatoria a la imputación de cargos y que por tal razón se puede establecer que no es posible mantener la medida de aseguramiento del expresidente.

“Tal y como fue deprecado por la defensa, la Fiscalía y la Procuraduría, se presentan diferencias entre la indagatoria y la imputación que tienen incidencia sobre las garantías judiciales”, siendo así no es posible que en esa instancia se pudiera dar una medida de aseguramiento y por tal se cae el fallo de la Corte Suprema.

es decir, no se puede equiparar la indagatoria en el viejo sistema y la imputación de cargos en el nuevo sistema. Además de que se le debe brindar todas las garantías al investigado.

Salcedo indicó que que la privación de la libertad es distinta en los dos sistemas, que tampoco se pueden equiparar y que incluso en el nuevo sistema hay otras medidas no privativas de la libertad, contrario al viejo sistema.

"La medida de aseguramiento es una excepcional que solo la Fiscalía puede solicitar para la protección de la pruebas y de las víctimas", dejando en claro el fondo de su decisión.

Además, manifestó que una vez que se pasa de sistema el proceso, la investigación quedó en cabeza de la Fiscalía, que debe avanzar en las investigación que le permitan llegar a la decisión de imputar o no cargos a Uribe.


Es preciso anotar que la decisión estuvo sustentada en que, como el proceso será tomado por la Fiscalía bajo la Ley 906 de 2004, Álvaro Uribe recobra su libertad dado que no ha sido imputado y por lo tanto se levanta la medida de aseguramiento, pero las investigaciones continuarán y el exmandatario seguirá vinculado al proceso.

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A.R.

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