Las ordenes de arresto son por un supuesto desacato a una tutela que fue instaurada por un derecho de petición no resulto.
El fallo se refiere a la construcción de un proyecto urbanístico denominado Torres de la Paz, en una zona verde en inmediaciones a la laguna de El Pondaje, en el oriente de Cali, que en una resolución de la Administración pasada se habría omitido la condición de zona verde y que en la Alcaldía actual no se habría argumentado el por qué.
El juzgado argumentó que la construcción del proyecto violó la política pública nacional de humedales y, además de los cinco días de detención, ordenó el pago de una multa de cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes.
María del Pilar Cano, directora del Departamento Administrativo de Gestión Jurídica de la Alcaldía de Cali, explicó que el Auto emitido por el Juzgado Quinto Laboral Municipal tiene que ser objeto de consulta, por lo cual un superior del juez quinto deberá revisar todo el expediente, verificar si se dio respuesta al derecho de petición y proceder a confirmar o revocar la sanción.
"Esta medida no está en firme. Tiene que ser objeto de consulta, necesita un pronunciamiento de un superior. Estamos seguros de que se revocará como quiera que ya se dio respuesta al peticionario, se satisface el derecho de petición y se cumple el fallo judicial", aseguró la funcionaria.
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