A través de un fallo histórico de la Corte Constitucional, legalizan el trabajo de las modelos webcam en Colombia.
La Sala Novena de la Corte falló a favor de una modelo que despidieron sin garantía laboral cuando tenía 8 meses de embarazo.
Lo anterior porque para sus empleadores, su oficio no era legal.
Según la Corte, el Congreso solo ha intervenido en esta actividad a la hora de ver esta industria como una fuente de recaudo tributario.
La única ley que habla de esta actividad es la Ley 2010 de 2019, donde los convierte en agentes revendedores como exportadores de servicio de entretenimiento para adultos.
En la actualidad, estas empresas están obligadas a acatar normas relativas al uso del suelo y horarios de funcionamiento, y a contar con Matricula Mercantil al día.
También deben comunicar la apertura del establecimiento al comandante de la estación de Policía del sector y a condiciones de seguridad sanitarias y ambientales.
Es importante recordar que el oficio del modelaje webcam no está prohibido en Colombia, pero tampoco está regulado.
El fallo indica que, aunque no hay regulación, las empresas dedicadas a este oficio y quienes están delante de las cámaras, no están fuera de la Constitución y la ley.
Con base a las leyes laborales del trabajo y del fuero de maternidad, la Corte también le atribuye estos derechos a las modelos webcam.
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