El gobierno nacional reversó este domingo la medida de restricción que le había impuesto a los operación de los establecimientos gastronómicos, y por ende los domicilios, en el país durante las noche de los días en que dure la cuarentena nacional, la cual fue ampliada hasta el 26 de abril.
Según informó la ministra del Interior, Alicia Arango, se modificó el Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para las labores de los restaurantes y domicilios durante la extensión del aislamiento preventivo obligatorio.
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Esa medida había generado un rechazo de parte de los domiciliarios, porque consideraron que entre las 8:00 y las 10:00 de la noche es cuando tienen una amplia operación, lo cual les afectaba.
Este horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, que imparte las medidas para el alargamiento de la cuarentena obligatoria, a iniciar el próximo lunes, 13 de abril.
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Estas expeciones hablaban de la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio.
La ministra Arango reiteró a los domiciliarios que deben acatar las medidas de protección: deben contar con todas las medidas de bioseguridad, como el tapabocas, gel, guantes y mantener la distancia de 2 metros entre cada persona”, señaló la ministra Arango Olmos”.
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