De acuerdo con la Resolución 9270 del 13 de diciembre de 2022, firmada por el Ministro de Relaciones Exteriores, Álvaro Leyva Durán, se suspende, por dos años, la obligatoriedad del cambio de pasaporte colombiano cuando el menor de edad cumple siete años o alcanza la mayoría de edad.
Esta normativa, prorroga la vigencia de la Resolución 7421 del 14 de diciembre de 2021 que inicialmente suspendía esta obligación por un año.
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“Ante la alta demanda de pasaportes que seguimos teniendo y con el fin también de proteger tanto a los funcionarios como a los usuarios por los picos de contagio que se siguen presentando, y en acatamiento a la resolución que expidió el Ministerio de Salud y Protección Social (…), se tomó nuevamente la decisión de mantener esta suspensión de la obligatoriedad de cambiar el pasaporte para menores de edad por dos años más, siempre y cuando el pasaporte se encuentre vigente”, menciona la Embajadora Fulvia Benavides, Directora de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería.
Esta medida, sin embargo, no exime de renovar el pasaporte en caso de vencerse.
“Si usted sacó el pasaporte para su hijo recién nacido y ya el menor tiene 10 años u 11 años, el pasaporte está vencido. Los pasaportes se expiden por diez años”, agrega la Directora.
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