Ante la Corte Constitucional fue radicada una demanda contra la Ley 797 de 2003, que establece que uno de los requisitos que deben cumplir las mujeres para acceder a una pensión de vejez en el régimen público es la cotización de 1.300 semanas.
Para el demandante Diego Andrés López Suárez, abogado especialista en Derecho Constitucional, la legislación impone una carga desproporcionada e injusta a las mujeres porque tienen cinco años menos para alcanzar la cotización de 1.300 semanas si se compara con el tiempo que tienen los hombres para alcanzar el mismo número de semanas.
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“Desde nuestro punto de vista es un tema inconstitucional porque no se tuvo en cuenta el trato diferencial de género y tampoco la especial protección que deben tener las mujeres, las madres cabeza de hogar, su cotización al sistema pensional es más bajo, lo que se traduce en pensiones inferiores e inequitativas para las mujeres en comparación con los hombres”, aseguró el abogado demandante.
En Colombia la pensión de vejez se obtiene de dos maneras: en el fondo privado dentro del régimen de ahorro individual con solidaridad a través de un capital, y en el régimen público, el de prima media con prestación definida, cumpliendo la edad (57 años mujer y 62 años hombre) y acreditando 1300 semanas cotizadas.
“El legislador nunca tuvo en cuenta todo lo que tiene que pasar nuestras mujeres y tampoco los porcentajes que el mismo Dane y la Cepal han determinado sobre la posibilidad de pensionarse las mujeres”, aseguró el abogado Lopez Suarez.
Según estadísticas del Dane, en Colombia hay 23 millones de mujeres. De ellas, 12.3 millones son madres cabezas de familia y solo el 12% de las mujeres en el país logra una pensión. Por su parte, la CEPAL y las Naciones Unidas dicen que la brecha pensional entre hombres y mujeres solo se supera si existe un enfoque de género en todos los requisitos exigidos por ley (edad y semanas) para lograr una paridad de género pensional.
El abogado demandante pretende que las mujeres no solo requieren menos edad para pensionarse, sino menos semanas cotizadas para lograr una pensión de vejez. En promedio, de 1.000 a 1050 en vez de 1.300. Las razones de tipo fiscal que pueda tener la demanda y las que aquejan el Sistema General de Pensiones, no están por encima de los derechos humanos y fundamentales de nuestras mujeres a tener una pensión de vejez digna que les garantice una vejez y una supervivencia a sus hijos.
"Ni siquiera se está creando un impacto fiscal grande para el país porque realmente no es plata del estado, es de los mismos bolsillos de las mujeres que trabajan y ahorran", concluyó el abogado demandante.
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Colprensa.
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