Así Pasó

¡No se hicieron esperar! Empezaron las denuncias tras nombramientos de los voceros de paz

Este viernes el gobierno nacional dio a conocer el nombre de las primeras siete personas de la primera línea que saldrán de las cárceles del país para ser voceros de paz.

En horas de la mañana de hoy viernes, el gobierno nacional dio a conocer el nombre de las primeras siete personas que saldrán de las cárceles del país para ser voceros de paz. No obstante, en la Corte Constitucional ya hay demandas para detener la participación de la primera línea en estos nombramientos de voceros de paz.

La demanda va dirigida contra el Artículo 5 parágrafo 1,2 de la ley 2272 del 2022, el cual, entre otras cosas señala, “admitir como voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias a quienes el presidente de la República considere puedan aportar al proceso de paz, a la conflictividad social, y se encuentren en privación de libertad”.

Y acto seguido “Las autoridades judiciales correspondientes suspenderán las órdenes de captura que se hayan dictado o se dicten en contra de los miembros representantes de las organizaciones armadas al margen de la ley con los cuales se adelanten diálogos, negociaciones o acuerdos de paz, así como órdenes de captura posteriores al inicio de los diálogos o negociaciones”.

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Según Erick YanFred Rojas, quien presentó la demanda a la Corte Constitucional, esta decisión presidencial de elegir quienes sean voceros va en contravía al hilo constitucional.

“Está violando el orden constitucional de la separación de poderes, el debido proceso. Teniendo en cuenta qué esta función de retiro de órdenes de captura de las personas que presuntamente hayan cometido algún delito, es del resorte de la rama judicial encabezada por algún juez de la república y el ente investigativo, qué es la fiscalía”, expresa la demanda.

Igualmente expresa que el retiro de las órdenes de captura de estos integrantes sin remitirse a un juez de la república, debido a que “el debido proceso claramente sería roto por parte de esta discrecionalidad que el señor presidente de la república obtiene por esta ley, puesto que dichas personas podrían quedar sin las órdenes de captura, sin los requisitos estipulados en el código penal de nuestro ordenamiento jurídico”.

Por lo anterior, solicita a la Corte que se declare inexequible la ley 2272 del 2022 y retire del ordenamiento jurídico, por vicios de forma y procedimiento.

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Sin embargo, este no es el único proceso judicial que cursa en la Corte Constitucional. José Jaime Uscategui, actual Representante a la Cámara, también solicita declarar inexequible la ley 2272 del 2022.

Además de poner en manifiesto la violación al principio constitucional de separación de poderes, explicado de manera similar con la demanda anterior de Erick YanFred Rojas, Uscategui argumenta una violación a los derechos y garantías constitucionales de las víctimas tras estas liberaciones.

“La ley 2272 de 2022 viola los tratados internacionales en las disposiciones que establecen la protección a víctimas en el momento que una persona que está siendo procesada salga en libertad, a pesar de que la autoridad competente haya decidido imponer una medida de aseguramiento” expresa la demanda.

El Representante a la Cámara expresa también en el documento que “esta ley no menciona los derechos de las víctimas, ni las medidas de reparación pertinentes y tampoco mecanismos para garantizar su derecho a la justicia”.

Con información de Colprensa.

A.R.

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