Sancionan a conductores, empresas y lavaderos ilegales en inmediaciones de la Terminal

La identificación de una infraestructura ilegal para la captación y toma de agua potable se hizo en un operativo que dejó sanciones.

los controles y seguimientos, al igual que la imposición de nueve medidas preventivas, fue el resultado del operativo de control de vertimientos a los establecimientos de comercio y lavaderos ilegales, realizado por el DAGMA y Emcali en el sector de Centralia, en inmediaciones de la Terminal de transporte de pasajeros de la capital del Valle.

TerminalTerminal

En el desarrollo de este ejercicio conjunto de gobernabilidad, participaron Emcali con su unidad integral de pérdida de agua, la Secretaría de Movilidad y la Policía Metropolitana de Cali, por lo que los infractores detectados en la zona, se hicieron acreedores a sanciones ambientales(DAGMA), por el lavado de vehículos en puntos ilegales; además se impusieron comparendos de convivencia (Policía) y movilidad.

De acuerdo con lo revelado por Mauricio Rodríguez  líder del grupo de Recurso Hídrico del DAGMA, por primera vez en la historia de nuestra autoridad ambiental, logramos sancionar a los propietarios de vehículos de transporte que usan lavaderos ilegales de vehículos, teniendo en cuenta el Decreto 1076 que señala la prohibición de vertimientos en calles, calzadas y canales o sistemas de alcantarillados para aguas lluvias sin tratar, provenientes del lavado de vehículos

La medida preventiva de amonestación escrita con la asistencia a un curso obligatorio impuestas por el DAGMA, contemplan también el pago de un monto cercano al millón de pesos y en caso de que el infractor no asista al curso, será sancionado con una multa de tres (3) Salarios mínimos mensuales vigentes, teniendo en cuenta la Ley 1333 de 2009,  que designa una multa al propietario del vehículo, vincula a la empresa asociada y hace un llamado de atención al conductor.

Por su parte, el cuerpo de agentes de tránsito que participó en el operativo también sancionó a los infractores tal como lo establece el art. 21, Ley 1383 de 2010 con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes, impuesta al conductor y/o propietario de un vehículo automotor que lave vehículos en vía pública, en ríos, en canales y en quebradas.

Se espera que con la intervención de la autoridad, se mejoren las condiciones ambientales y de vertimientos en el sector. El grupo de Recurso Hídrico realizará presencia institucional en todo el sector de la Terminal durante Semana Santa, para educar y socializar, con lo que se espera comprometer a los propietarios y usuarios, en el cambio de las malas prácticas ambientales identificadas.

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kmartinez

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