El mandatario dijo también que se mantendrán las excepciones contempladas en el decreto del Gobierno Nacional. Asimismo, precisó que la medida se extenderá hasta el 31 de enero.
Entre las excepciones que tendrán en cuenta están:
La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de medicamentos, alimentos y bienes.
Comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyendo los ubicados en hoteles, mediante plataformas de comercio electrónico, por entrega a domicilio y por entrega para llevar.
Desarrollo de actividades físicas, ejercicio al aire libre y práctica deportiva de manera individual.
Cadena de abastecimiento de alimentos, transporte de bienes y servicios, logística y mensajería.
Viajes intermunicipales y aéreos que hayan sido previamente programados para los horarios del toque de queda. Y demás contempladas en el Decreto 1076 de 2020.
Por otra parte, se mantendrán las medidas de pico y cédula del 23 al 31 de enero.
Las personas cuyas cédulas terminan en 1, 3, 5, 7 y 9 pueden movilizarse los días 23, 25, 27, 29 y 31 de enero.
Entre tanto, aquellas cuyo documento termina en 2, 4, 6, 8 y 0 pueden hacerlo los días 24, 26, 28 y 30.
Solo se podrán realizar compras en establecimientos comerciales, diligencias bancarias y notariales.
Recibir atención en entidades públicas y quienes estén bajo alguna de las excepciones permitidas y así lo acrediten.
Excepciones también cobijarán a gimnasios, escuelas deportivas y/o centros de acondicionamiento físico, servicios de salud, farmacias, veterinarios y servicios funerarios.
De otro lado, el consumo de bebidas embriagantes quedará restringido en establecimientos y locales comerciales que presten servicio de restaurantes o bares.
Además, se suspenden los pilotos de consumo de bebidas embriagantes en el municipio. Sin embargo, el expendio y venta del mismo está permitido.
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