En este nuevo instructivo, expedido el 25 de septiembre, se establecen los diferentes lineamientos para restablecer el orden en el país.
Esta está pensando en especial para situaciones relacionadas con la manifestación pública, huelga, perturbación en servicio de transporte público, colectivo u oficial; obstrucción de vías públicas que afecten el orden público, enfrentamiento entre barras organizadas de hinchas de fútbol, asonadas, erradicación de cultivos ilícitos, explotación ilícita de yacimientos mineros, riñas colectivas, motines en establecimientos carcelarios o penitenciarios y usurpación de inmuebles o tierras.
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"El acompañamiento a la manifestación pública debe ser, en lo posible, discreto, para que la presencia de los miembros de la Policía Nacional no sea aprovechada por los manifestantes para incitar al odio", dice el instructivo que recalca inicialmente que la manifestación es un derecho constitucional.
De igual forma, los policías no deben marchar junto a los manifestantes, tampoco deben estar abriendo o cerrando la manifestación; no deben ser apostados de manera inerme en lugares donde puedan ser objeto de ataques.
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Indica el documento que deben preverse grupos de reacción motorizados con personal de la nueva Unidad Nacional de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO) –que voceros de la Policía explicaron a EL TIEMPO es el componente del Esmad que privilegiará el diálogo– "que actúen de inmediato cuando los manifestantes ataquen el patrimonio público o privado o vulneren derechos de las personas".
Se indica que "prima el derecho a la manifestación pública por encima del derecho al buen nombre que se afecta con las expresiones ofensivas, chocantes, impactantes, indecentes,escandalosas o excéntricas. Por ello no debe haber reacción ante tales injurias o calumnia".
Se señala que la manifestación pública se torna violenta cuando sus integrantes tipifican delitos que atentan contra la seguridad pública (incendio, lanzamiento de objetos peligrosos, porte de armas de fuego o blanca), o contra la vida e integridad personal (lesiones personales, homicidio en tentativa), o contra la administración pública (violencia contra servidor público, obstrucción de la función pública) o contra el régimen constitucional (asonada) o contra el patrimonio público o privado (daño en bien ajeno).
Y en el instructivo se les indica a los policías que en caso de violencia se debe intervenir bajo el protocolo dispuesto para la UNDMO.
"En manifestaciones con presencia mayoritaria de jóvenes (15-24 años), la primera intervención será de unidades de la Fuerza Disponible, salvo que el nivel de agresividad sea tan alto que se haga necesaria la actuación inmediata de unidades especializadas de la UNDMO, la cual aplicará los protocolos establecidos en la norma que la regula"
"En el evento en que la huelga sea aprovechada para promover desórdenes o cometer delitos, la intervención inicial será de la Fuerza Disponible, y ante el aumento de la agresividad se actuará con unidades de la UNDMO, atendiendo los protocolos reglamentados para su funcionamiento".
La perturbación del transporte es un delito por lo que los uniformados procederán, a través de la Fuerza Disponible que "será el encargado de atender inicialmente la
perturbación, para acompañar a las autoridades político-administrativas o el Ministerio Público, quienes serán los encargados de iniciar el diálogo".
Se indica, además, que "en el evento en que la perturbación elimine la posibilidad de circulación por la ausencia de otras vías para la movilización vehicular, o por otras circunstancias comprobadas, "se deberá restablecer el orden, incluso por la fuerza. Se deben identificar líderes para su captura".
Cuando el nivel de agresividad sea alto, actuarán de manera inmediata las unidades
especializadas.
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