Desde que se anunció la liquidación de Coomeva EPS, los usuarios han estado muy interesados en saber que nueva prestadora de salud los atenderá.
El Ministerio de Salud habilitó un link para que solo ingresando el número del documento, las personas se enteren de su nueva EPS.
Este es el ink. Al final encontrará el espacio para ingresar su documento y conocer la respuesta:
https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-Afiliados.aspx
Tras conocer su nueva empresa prestadora de salud, el Ministerio de Salud recomienda contactarse con la EPS asignada, y efectuar la actualización de sus datos, así como los de su grupo familiar.
Recuerde además que después de noventa (90) días calendario contados a partir de la efectividad de la asignación, tiene el derecho de trasladarse de EPS.
En caso que algún miembro de un grupo familiar quede asignado a una EPS distinta a la del cotizante o cabeza de familia, el traslado se podrá efectuar de manera inmediata.
Así mismo, Coomeva elaboró un listado de preguntas frecuentes que tienen los usuarios. En este cuestionario están la respuestas a unas de las inquietudes más relevantes:
La EPS Coomeva deberá prestar los servicios a sus afiliados con oportunidad y continuidad hasta el próximo 31 de enero de 2022. A partir del 1 de febrero de 2022, serán las EPS receptoras las responsables de garantizar la atención integral de los afiliados trasladados.
Su grupo familiar pasará con usted a la EPS que fue asignado, y quedarán cubiertos del mismo modo en que se encontraban en su anterior EPS.
Sí. El proceso que se adelanta no deberá generar ninguna afectación en los servicios requeridos o que se le esté prestando, una vez entre en vigencia la liquidación de Coomeva EPS, las EPS receptoras serán
las responsables del aseguramiento.
No. El Sistema General de Seguridad Social en Salud no prevé antigüedades o preexistencias, como ocurre eventualmente en los planes de medicina prepagada, voluntarios de salud, complementarios y pólizas. Todos los servicios vigentes deberán garantizarse con oportunidad y continuidad.
Será el Ministerio de Salud y Protección Social el encargado de realizar la asignación de los usuarios a las EPS receptoras, que no se encuentren bajo alguna medida especial y/o restricción para afiliar nuevos usuarios.
Si la cita se encuentra programada para antes del traslado, se mantiene. Si está programada para después del traslado, deberá consultar con la EPS a la que fue asignado el proceso que deberá realizar.
La EPS Coomeva, será responsable de entregar a las EPS receptoras la información de los servicios autorizados que a la fecha de la asignación no hayan sido prestados, para que sigan su trámite.
Los medicamentos serán entregados en las farmacias habilitadas por la EPS a la que usted y su grupo familiar fue trasladado.
Mientras el proceso de traslado no se haya efectuado los usuarios deberán dirigirse al dispensario asignado por Coomeva y una vez se realice el traslado, la EPS a la que fue asignado deberá explicarle el procedimiento a seguir y entregar los medicamentos formulados.
Hasta el 31 de enero de 2022, fecha en la que culmina el proceso de traslado, los usuarios deberán dirigirse a su punto de atención habitual. Posteriormente, deberá acudir a la red de atención habilitada por su EPS asignada.
El usuario trasladado podrá consultar los nuevos puntos de atención de la red hospitalaria de la EPS a la que fue asignado a través de su sitio web, líneas de atención y demás canales de información habilitados.
Sí. A partir de la fecha en la que se hace efectivo el traslado, estos tratamientos serán responsabilidad de la EPS a la que fue asignado.
Sí. Tanto los servicios como los costos que genere la hospitalización serán asumidos por la EPS Coomeva, una vez Minsalud realice el proceso de traslado, será la EPS receptora quien asuma los costos derivados del proceso de atención.
Hasta el 31 de enero de 2022, será Coomeva EPS la responsable de su atención. A partir del 1 de febrero de 2022, será la EPS receptora la responsable de autorizar los servicios requeridos.
Sí. Lo puede realizar pasados tres meses (90 días) contados a partir del momento de la asignación a la EPS receptora. Usted podrá pasarse a la EPS que desee, siempre y cuando esta preste servicios en su municipio, no cuente con alguna restricción para afiliar y opere en el régimen al cual pertenece.
Coomeva EPS debe entregar a las EPS receptoras las bases de datos de usuarios con tutela para que estas sigan cumpliendo con los servicios ordenados mediante la orden judicial.
Previo al proceso de traslado, Coomeva EPS deberá entregar a las EPS receptoras la documentación necesaria para continuar con el trámite. Sin embargo, sugerimos al usuario acercarse a su punto de atención de la EPS a la cual fue asignado para validar el estado de su trámite y continuar con el proceso correspondiente.
Comuníquese con la EPS a la que fue asignado, a través de los canales autorizados.
Si su EPS no le cumple, acuda a la Supersalud a través de la línea gratuita nacional de atención 01 8000 513 700 seleccionando la opción 5 ó reciba orientación en nuestro chat en línea visitando la sitio web www.supersalud.gov.co y nuestras redes sociales.
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