El aumento en el índice de inseguridad social en Cali con respecto a fleteos, atracos y hasta el mismo acoso, ha llevado a los caleños a tomar la decisión de portar armas no letales, como método de protección personal. Sin embargo, muchas personas no saben que este tipo de comportamiento está catalogado como una acción que va en contra de la convivencia, según el nuevo Código de Policía, y puede conllevar multas a quien las porte.
Estos artefactos de defensa personal son de venta libre, y se pueden encontrar fácilmente en distintos pasajes comerciales del Centro de la ciudad.
Sin embargo su uso sí tiene restricciones legales, que lo condicionan en ciertos lugares.
20Se demora en pasar el efecto del gas pimienta que me comercializa en el Centro de Cali.
Entre los más vendidos están los populares gases pimienta, taser eléctricos y armas de fogueo. Estas últimas con un gran parecido físico a las armas reales, por lo cual se han presentado casos de crímenes que son cometidos con este tipo de pistolas.
¿Quién las compra?Según Andrés Jaramillo, propietario de un local de armas no letales, este tipo de productos son muy buscados, y cada artefacto tiene un público específico.
“El gas pimienta es muy solicitado por las mujeres, ya que tiene un alcance hasta de 10 metros. Por su parte, los hombres prefieren el taser porque es de contacto y puede paralizar a una persona grande por varios minutos”, comentó el comerciante.
El afirma que “no hay ningún problema legal por comprar estos productos, ya que vienen con su respectivo permiso”.
Un arsenal completo se exhibe en varias vitrinas de uno de los centros comerciales más conocidos de la ciudad. Armas que según sus usuarios están diseñadas para la protección; sin embargo, al ver las características de estos artefactos se puede medir el daño que causan.
El más popular es el gas pimienta el cual está compuesto de sustancias tóxicas que irritan la piel y la mucosa, y en algunos casos puede causar ceguera permanente.
Por otro lado está el taser eléctrico que puede paralizar por varios minutos a una persona, gracias al alto voltaje con el que cuenta y que en algunos casos puede alcanzar hasta 10.000 voltios, según el modelo.
En cuanto a la parte legal estas armas no son llamadas ‘no letales’, ya que la fuerza pública es la única autorizada para utilizar este término en sus armas de dispersión de aglomeraciones.
“El Código de la Policía en su artículo 27, numeral 6 y 7, llama a estas armas: objetos que causan daño y ponen en riesgo la integridad física”, explicó Alberto Valero, Teniente de la Policía.
Portar estos elementos en sitios con aglomeración de personas, donde haya ingesta de licor o no tenga los permisos respectivos para su manipulación, su portador se hace acreedor a una sanción que va desde la incautación hasta una multa económica tipo 2, agregó el uniformado.
Por otra parte se debe tener en cuenta que la Ley en Colombia no prohíbe la compra de estas armas. Sin embargo su uso sí está controlado ya que pueden llegar a causar graves daños y en casos específicos, hasta la muerte.
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