El Alto Tribunal decidió que el suicidio sí es un riesgo asegurable. Sin embargo, explicó que en el único caso que no aplicaría es cuando dicho suicidio tenga como fin, y haya prueba de ello, estafar a la empresa aseguradora. En ese caso, no habría compromiso alguno de pago de un seguro de vida.
88%de los suicidios en Colombia son hombres.
“Es erróneo pensar que la libertad de suicidarse tiene que ver con la intención de defraudar a las aseguradoras, y que basta con que una persona decida hacerlo para que ese riesgo sea asegurable”, dice el fallo.
Además, la Corte señala que es necesario diferenciar entre la voluntad de quitarse la vida y la de defraudar y dejarles a sus familiares un seguro de vida. Es en este último caso, es en el que las aseguradoras no deben responder.
Se espera un pronunciamiento de las aseguradoras sobre el tema en las próximas horas.
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