La indignación en algunos colombianos por las multas que se han impuesto siguiendo el Código Nacional de Policía, ha crecido, tanto por parte de los vendedores informales, como por sus compradores. Pero la 'ley empanada' como se ha popularizado la sanción impuesta por comprar alimentos en espacio público, no es la única que ha generado confusión en la ciudadanía.
Tal es la polémica, que el alcalde de Cali, Maurice Armitage, pidió revisar el Código de Policía para no perjudicar la labor de los vendedores informales.
“Si hay una manera de salir adelante como país es facilitando las oportunidades, no limitándolas”, dijo el mandatario.
Esta no es las única conductas que es contraria a la convivencia, según el Código. Por eso te traemos las sanciones menos conocidas paras que no lo tomen de sorpresa.
Este es comportamiento contrario a la preservación de los recursos hídricos que se sanciona con una multa tipo 4 de $883.296
“Ahora tenemos una escasez del agua por el Fenómeno del Niño y a eso se le suma que los afluentes terminamos contaminándolos porque tenemos la cultura de lavar en ellos los carros, las motocicletas y hasta nuestros bienes muebles. Esta práctica es frecuente en el 80 % de los ríos, especialmente en el Pance”, señaló el asesor jurídico (e) de la Policía Metropolitana de Cali.
No olvidePor esta conducta, ya se han aplicado 13 comparendos en el 2019 en Cali.
A quienes por diversión o deporte les gusta escalar casas o edificaciones sin la debida autorización de sus propietarios, deben tener en cuenta que este también se considera como un comportamiento contrario a la convivencia, por el que ya se han sancionado 6 personas en Cali en el 2019.
“Si esta persona se llegase a caer, puede poner en riesgo su vida o de los peatones que estén pasando en ese momento. La ley nos faculta llevarla a un centro de protección de personas”, explicó el Intendente Samuel Tulcán, capacitador del Código de Policía en Cali.
El numeral 9 del artículo 140 del Código de Policía establece que “escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos naturales, tales como piedras y troncos de árbol, de propiedades públicas o privadas, leyendas, dibujos, grafitis, sin el debido permiso, cuando éste se requiera o incumpliendo la normatividad vigente” son comportamientos contrarios al cuidado y la integridad del espacio público.
No olvideEn el 2019 ya se han sancionado 2 personas en Cali por incumplir esta norma con una multa tipo 2, $220.824.
El numeral 3 del Artículo 35 del Código de Policía establece que “impedir, dificultar o resistirse al procedimiento de identificación o individualización por parte de las autoridades de la Policía”, es una acción que afecta la relación entre las personas y las autoridades, que es sancionada con una multa tipo 4, de $883.296 y por la que este año ya se han impuesto 129 comparendos en Cali.
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