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Esta decisión la tomó el Consejo de Estado, a raíz de un fallo a favor de una demanda que pedía quitarle la curul.
La ponencia de esta decisión la hizo el magistrado Alberto Yepes. El togado inhabilitó a el exalcalde de Bogotá , “porque a pesar de haber cedido la representación legal de la fundación Corpovisionarios, esta contrataba con el Estado”.
Lo que le cuesta la curul a Mockus es haber contratado en diciembre de 2017 con el Estado a través de la organización Corpovisionarios.
La determinación la tomó la Sección Quinta del alto tribunal luego de acoger tres demandas para su estudio en la que solicitaban que el congresista se apartara de su curul por irregularidades en medio de su proceso de precandidatura.
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“La Sala electoral del Consejo de Estado con aclaración de voto de la magistrada Rocío Araújo y con salvamento de voto de la presidenta de la Corporación, declaró la nulidad del acto de elección del señor Antanas Mockus, como quiera que encontró acreditada la causal de inhabilidad conocida como celebración de contratos con entidades públicas”, expresa el comunicado del alto tribunal.
Las demandas exponían que el senador suscribió un convenio desde la Corporación Visionarios Por Colombia (Corpovisonarios) para la Asociación con la Agencia de Cundinamarca para la Paz y el Posconflicto. En ese entonces, en medio de las diligencias, José María Sarmiento Ortiz, delegado de la Procuraduría, se opuso a la pérdida de investidura ya que, a su consideración, no había certeza de la firma de tal convenio por parte del Mockus.