Q'hubo estuvo en el centro de la ciudad para preguntarle a los caleños qué piensan hacer con el dinero de su prima, pero pocas personas entrevistadas afirmaron que recibirán el dinero extra. Por el contrario, la mayoría de ciudadanos dijeron que esa plata está embolatada.
"Yo recibo la prima y ya la debo toda. La gente dice que uno no ahorra porque no quiere y la verdad es que no se puede. No se puede dar uno un viaje ni nada", afirmó una mujer que labora en una empresa de telecomunicaciones.
Por otro lado, el gran grueso de las personas manifestaron que en sus empresas no les han dicho cuando se las pagarán y otra de las respuestas frecuentes es que por ser trabajadores independientes no reciben este beneficio legal.
Por esta razón, lo que es un mes de prosperidad para algunos, quienes en ocasiones afirman que no les alcanza la plata, es para otros un mes más de rebusque. Es el caso de los trabajadores informales quienes dicen que sus situaciones económicas se agravan.
Si los que reciben ese beneficio dicen que la deben toda, que no les alcanza, ahora imagínese uno que le toca vivir de lo que se gana a diario", dijo una trabajadora independiente.
Lo cierto es que la percepción de los caleños sobre el dinero, es que cada vez es más difícil que la plata rinda y que muchos no tendrán ese ingreso extra que casi siempre termina siendo un 'salvavidas'.
El gremio de comerciantes de Colombia propuso al Gobierno Nacional que se adelante el pago de la prima de mitad de año, esto para que los ciudadanos puedan hacer compras el próximo 17 de junio, cuando se realizará el segundo día sin IVA en el país.
De acuerdo con los comerciantes de Fenalco, la idea es que esa prestación de servicios, que normalmente se paga el 30 de junio, le sea cancelada a los empleados antes del próximo viernes para que los colombianos también cuenten con el dinero para las compras del día del Padre que este año, debido a la segunda vuelta presidencial, fue aplazado para el 26 de junio.
Los empleadores tienen hasta el 30 de junio para pagar la primera parte de la prima de servicios a los trabajadores dependientes.
De acuerdo con el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es una prestación social que debe pagar el empleador al empleado de manera directa antes del 30 de junio, para el primer semestre, y el 20 de diciembre, para el segundo semestre.
La prima corresponde a 15 días de salario por semestre laborado y se le debe pagar a todo trabajador dependiente. Es decir, todo empleado con un contrato verbal o escrito.
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