¿Necesita hacer el traspaso de su vehículo? Conozca aquí cuáles son los requisitos y el trámite para hacerlo fácil y rápido.
El traspaso de un vehículo es uno de los trámites que más se realiza ante las autoridades de movilidad de una ciudad, y Cali no es la excepción.
Por eso, la Secretaría de Tránsito de la capital vallecaucana reiteró cómo hacer este proceso y cuáles son los requisitos para delantarlo.
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Esto, con el fin de que las personas tengan claridad a la hora de desarrollar el trámite y evitarse futuros contratiempos en el traspaso.
La Resolución 4775 de 2019 del Ministerio de Transporte establece el manual para el registro o matricula de un vehículo automotor o no automotor.
Basado en ese, estos son los documentos que debe presentar a la hora de realizar el traspaso:
- Formulario original de solicitud de trámites debidamente diligenciado con firmas por las partes (vendedor en la casilla No. 21 del formulario y el comprador en la casilla No 22 del formulario)
- Improntas adheridas directamente sobre el formulario de solicitud de trámites (sin residuos de papel).
- Contrato de compra y venta original completamente diligenciado y firmado por las partes.
- El vendedor y el comprador deben estar a paz y salvo por infracciones de tránsito.
- Vendedor y comprador deben encontrarse registrados en el RUNT
- El vehículo involucrado en la transacción debe estar al día en el pago de sus impuestos correspondientes. (Requisito sólo para trámites de traspaso, traslado de cuenta y matricula inicial).
- SOAT Vigente
- Revisión técnico – mecánica y de gases vigente
- El vehículo debe encontrarse a paz y salvo en el pago de impuestos sobre vehículos automotores.
- Acreditar el pago de derechos de trámites
- Si la persona que radicara el documento en ventanilla no es el vendedor o el comprador, deberá adjuntar el documento escrito donde el vendedor o comprador lo autoricen para radicar los documentos. Esta autorización debe especificar la placa y los trámites a realizar.
- En el caso en que intervenga una persona jurídica en el trámite como vendedor o comprador, deberá aportar fotocopia del certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a 30 días.
- Para los vehículos de servicio público en modalidad de pasajeros, se deberá aportar el contrato de cesión de derechos expedido por la empresa afiladora y firmada por las partes cedentes, cesionario y representante legal de la empresa afiliada.
- En caso de las sucesiones se deberá aportar escritura pública original. En este caso no es requisito aportar un contrato de compra venta.
- Para los remates se debe aportar el acta de remate original, este caso no es requisito para aportar un contrato de compra venta.
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