¿Surgirá efecto el cambio de etiqueta negra para advertir los excesos en los alimentos?


La etiqueta negra debe advertir claramente del exceso de calorías, azúcares, sodio y grasas.Las modificaciones se realizan con el objetivo de enviar un mensaje más claro a los consumidores sobre los riesgos de este tipo de productos.

Por: Sebastin Llanos Acosta, del Semillero de Periodismo UAO - El País

Una buena nutrición es sin duda un elemento fundamental en la vida y desarrollo del ser humano, pues le permite extender su esperanza de vida mediante la prevención de enfermedades como la obesidad, la diabetes, la hipertensión e incluso, el cáncer.

En Colombia se estima que más de la mitad de la población no posee prácticas alimenticias adecuadas ni se ejercita de forma regular debido, principalmente, al desconocimiento en la materia.

Por ello, en aras de salvaguardar la salud de los consumidores en Colombia, el 5 de agosto de 2021 fue sancionada la ley 2120, también llamada “ley comida chatarra”, con la que se reglamentó el etiquetado frontal de advertencia en empaques de productos procesados y ultra procesados con contenidos altos de azúcares, sodio o grasas.

La etiqueta dejó de ser en forma de circulo y ahora es hexagonal.

Algo más de un año después, a finales del 2022, se dio la expedición de la resolución 2492 del Ministerio de Salud y Protección Social, con el objetivo de establecer una caracterización reglamentaria del etiquetado en los productos que estén obligados a portarlo debido a su contenido.

De esa forma, la resolución indica que el etiquetado frontal en este tipo de productos debe ser octagonal, de color negro e incluir las leyendas “EXCESO EN” y “CONTIENE EDULCORANTES”.

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Cabe recordar que, tras la sanción de la primera ley, algunos alimentos portaban un sello de advertencia circular acompañado por las palabras “ALTO EN”.

¿Por qué se cambió de círculo a figura octogonal?

El cambio de un círculo a una figura octogonal se da en el marco de las recomendaciones realizadas por la Universidad de Antioquia, construidas a partir de un estudio técnico en el que se evaluó la mayor evidencia científica libre de conflicto de interés, junto a algunos otros estudios nacionales e internacionales.

Dado esto, algunos integrantes de organizaciones de la sociedad civil como Red Papaz y Fian Colombia se mostraron optimistas ante los cambios decretados por el ente ministerial que fueron posibilitados por la academia sin conflicto de interés.

De acuerdo con Carolina Piñeros Ospina, directora ejecutiva de Red Papaz, este es un gran paso en la promoción de una alimentación saludable.

FOTO: MOISÉS PABLO/CUARTOSCURO.COM

Puntualmente, en la revisión científica llevada a cabo por la universidad, se halló que el octágono fue usado como variable en el 88,9 % de los estudios experimentales sobre el asunto, convirtiéndolo en la forma geométrica con mayor evidencia disponible.

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Además, en el material de otro estudio que examinó y comparó diferentes figuras en etiquetados frontales, el octágono demostró ser la forma que poseía predominancia a la hora de captar la atención del público y junto al color negro, transmitir la sensación de insalubridad.

Un cambio por la salud de los colombianos

De acuerdo con Angie López, nutricionista holística especializada en detoxificación, los procesados y ultraprocesados crean una acidificación en el organismo.

Esto quiere decir que generan una inflamación interna, haciendo al individuo más propenso a sufrir enfermedades crónicas.

La profesional de la salud, a su vez, manifiesta que sí cree que el nuevo sistema de etiquetados contribuya a la disminución del consumo de este tipo de alimentos en el país, pues “hace que las personas sean un poco más conscientes de las grandes cantidades de sustancias nocivas presentes en lo que consumen”.

La etiqueta debe estar ubicada en la parte frontal del producto.

Asimismo, la experta no duda en hacer hincapié en que, ante los efectos negativos de estos productos, las personas deben procurar conformar su dieta alimenticia con más productos naturales como frutas, verduras y cereales, dejando a un lado los alimentos con alto contenido de azúcares, grasas y sodio.

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Cabe recordar que lo mencionado por la nutricionista López, en cuanto a la importancia de que los consumidores sepan qué consumen realmente al adquirir un producto, se encuentra amparado por el derecho que poseen los consumidores a recibir información, presentado entre los doce  derechos del consumidor de la Red Nacional de Protección al Consumidor.

Transición y aplicación de la nueva resolución

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima,  es el principal abanderado a la hora de llevar a cabo la pedagogía de la nueva resolución en redes sociales.

A través de su cuenta oficial de Twitter, por ejemplo, difunde piezas e invitaciones a charlas no solo dirigidas hacia los consumidores, sino también a los productores de los alimentos que deberán acogerse al nuevo etiquetado.

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Con lo anterior, es muy importante tener en cuenta que en la resolución publicada por el Ministerio de Salud y Protección Social se da a conocer tanto los plazos, como las posibles prórrogas que tendrán las empresas productoras de alimentos procesados y ultraprocesados para cambiar el etiquetado frontal presente en los empaques de sus productos.

Entre estas directrices se encuentran:

  • - Los productores de alimentos procesados y ultraprocesados cuentan con un plazo máximo de seis (6) meses tras la expedición de la Resolución 2492 de 2022 (hasta el 13 de junio de 2023) para implementar el nuevo sistema de etiquetado frontal.
  • - En el caso de los productores que hayan incluido sellos circulares en sus productos, estos contaban  con un plazo que se extendía hasta el  28 de febrero de 2023 para radicar una solicitud ante el Invima y así terminar las existencias de dichos empaques dentro de un período del tiempo determinado por la entidad.
  • - Una vez finalice el término definido por el Invima, los productores tendrán la posibilidad de poner adhesivos sobre el anuncio circular, asegurando que cumplan con las nuevas características del último etiquetado frontal de advertencia. El plazo para el uso de dichos adhesivos se extiende hasta el 15 de diciembre de 2023, pero una autorización especial del Invima les permitiría usarlos hasta el 15 de junio de 2024.
  • - Al cumplirse la fecha límite, todos los productos comestibles y bebibles procesados y ultraprocesados que cumplan con las características establecidas en la norma, deberán tener impreso el nuevo etiquetado frontal de advertencia, en caso contrario, será necesario que sean retirados del mercado.
  • Así pues, las modificaciones realizadas en el etiquetado frontal de los productos mencionados en Colombia pretenden seguir el camino de muchos otros países alrededor del mundo, con el objetivo de reducir enfermedades de altos   índices como la obesidad, principalmente a temprana edad, y otras enfermedades, generadas por el consumo de alimentos procesados y ultraprocesados a largo plazo.

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